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El Gobierno cambia el modelo de subvenciones para las minor铆as religiosas con acuerdos de cooperaci贸n

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El Real Decreto aprobado ayer martes por el Consejo de Ministros atiende a una recomendaci贸n del Tribunal de Cuentas y da mayor seguridad jur铆dica al procedimiento

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(Redacci贸n, 29/12/2021) En el d铆a de ayer, martes 28 de diciembre, el Consejo de Ministros aprob贸 el Real Decreto 1158/2021, de 28 de diciembre, por el que se regula la concesi贸n directa de subvenciones a las confesiones religiosas minoritarias firmantes de acuerdos de cooperaci贸n con el Estado.

Con este Real Decreto el Gobierno atiende una recomendaci贸n del Tribunal de Cuentas que en 2017 propuso 鈥渕odificar la regulaci贸n jur铆dica de las subvenciones de la Fundaci贸n Pluralismo y Convivencia, con el fin de reconducirla a la v铆a de los procedimientos excepcionales de concesi贸n directa previstos en los art铆culos 22.2 y 28 de la Ley General de Subvenciones鈥.

Con esta medida tambi茅n se consiguen una mayor seguridad jur铆dica y transparencia, ya que el anterior procedimiento, de 鈥渃oncurrencia competitiva鈥, que es el que regula las subvenciones a asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales (ONG), etc., no se correspond铆a con la naturaleza ni los fines de las subvenciones a las minor铆as religiosas con acuerdos de cooperaci贸n con el Estado.

OBJETO DEL REAL DECRETO

El Real Decreto 1158/2021, de 28 de diciembre, tiene por objeto regular la concesi贸n directa de una subvenci贸n, con car谩cter excepcional y por razones de inter茅s p煤blico y social, en aplicaci贸n de lo previsto en el art铆culo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relaci贸n con lo establecido en los apartados 2 y 3 del art铆culo 28 de dicha ley, a las federaciones de confesiones minoritarias firmantes de Acuerdo de cooperaci贸n con el Estado espa帽ol, con el fin de garantizar la realizaci贸n de actuaciones de promoci贸n de las condiciones necesarias para el ejercicio efectivo del derecho de la libertad religiosa.

Las entidades beneficiarias de estas subvenciones ser谩n las federaciones de confesiones minoritarias firmantes de Acuerdo de cooperaci贸n con el Estado espa帽ol: a) La Federaci贸n de Entidades Religiosas Evang茅licas de Espa帽a (FEREDE); b) La Federaci贸n de Comunidades Jud铆as de Espa帽a (FCJE); y c) La Comisi贸n Isl谩mica de Espa帽a (CIE).

CUANT脥A DE LAS SUBVENCIONES

La Fundaci贸n Pluralismo y Convivencia establece una dotaci贸n financiera de 1.170.623 euros. El importe m谩ximo de las subvenciones a las entidades beneficiarias ser谩 el siguiente: a) FEREDE: 526.780,35 euros; b) FCJE: 210.712,14 euros; y c) CIE: 433.130,51 euros.

NO SE SUBVENCIONAN EL CULTO NI LA EVANGELIZACI脫N

Las actividades subvencionables con estos recursos son, por ejemplo, las realizadas por FEREDE, sus Consejer铆as, Consejos Evang茅licos Auton贸micos, Denominaciones y 脫rganos Aut贸nomos, en el marco de sus fines estatutarios de representaci贸n, interlocuci贸n y presencia en 贸rganos consultivos y de negociaci贸n vinculadas al ejercicio del derecho de libertad religiosa en cumplimiento de los acuerdos de cooperaci贸n. Tambi茅n las destinadas a la prestaci贸n de apoyo, coordinaci贸n, asesor铆a legal, administrativa y de fortalecimiento de capacidades t茅cnicas y organizativas de las entidades religiosas pertenecientes a FEREDE.

鈥淎ctividades de formaci贸n de ministros de culto y profesores de ense帽anza religiosa; Actividades de informaci贸n, comunicaci贸n, sensibilizaci贸n y divulgaci贸n que permitan un mejor conocimiento e impulsen el di谩logo y el acercamiento de las confesiones entre s铆 y de estas con la sociedad鈥, son otras actividades subvencionables.

Los gastos que pueden justificarse para las subvenciones del presente Real Decreto son los correspondientes al per铆odo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021, y deben justificarse en tiempo y forma mediante la correspondiente Memoria Econ贸mica, los documentos, las auditor铆as externas y los procedimientos establecidos en la normativa y en los estatutos de la Fundaci贸n Pluralismo y Convivencia.

Entre los gastos que quedan excluidos de forma expresa por la normativa, se indica la financiaci贸n de 鈥渓as actividades relacionadas con el culto o propagaci贸n de la fe de cada confesi贸n鈥.

ESTRICTA JUSTIFICACI脫N Y CONTROL DE GASTOS

Este Real Decreto, adem谩s de cumplir con la recomendaci贸n del Tribunal de Cuentas, 鈥渃umple con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jur铆dica, transparencia, y eficiencia contenidos en el art铆culo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com煤n de las Administraciones P煤blicas鈥, dice el texto.

Para el Gobierno, adem谩s, 鈥渓a norma queda plenamente justificada por razones de inter茅s p煤blico y social鈥.

Con todo, a diferencia de la Iglesia Cat贸lica que no est谩 obligada a justificar sus gastos, las minor铆as religiosas en Espa帽a seguimos estando sometidas a la Ley General de Subvenciones, con un control estricto en el uso de los fondos y un estricto sistema de justificaci贸n de los mismos. Concretamente, se les pide una memoria t茅cnica de ejecuci贸n del proyecto, una memoria econ贸mica justificativa y un informe de auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditor铆a de Cuentas, sobre la adecuada contabilizaci贸n y correcta expedici贸n de los justificantes de los pagos efectuados con los fondos de esta ayuda (la auditor铆a es un requisito nuevo).

Es decir, que cada euro que se reciba ser谩 minuciosamente fiscalizado y justificado, vigil谩ndose que su destino sean actuaciones de promoci贸n y favorecimiento de la libertad religiosa.

鈥淣os parece bien que se exijan estrictos controles que garanticen la adecuada gesti贸n de los fondos p煤blicos鈥, dice FEREDE, 鈥渁unque ello contraste con el r茅gimen de financiaci贸n de la Iglesia Cat贸lica, confesi贸n que no est谩 sometida a ninguno de los estrictos controles a los que s铆 estamos sometidas las confesiones religiosas minoritarias鈥.

ENTRADA EN VIGOR INMEDIATA

Tras su publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial del Estado (BOE) esta ma帽ana, la nueva normativa entra en vigor a partir de ma帽ana, 30 de diciembre de 2021. El Real Decreto lleva la firma del Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democr谩tica, F茅lix Bola帽os Garc铆a.

SUBVENCIONES DE LA 鈥淟脥NEA 2鈥

Respecto a las subvenciones de la Fundaci贸n Pluralismo y Convivencia conocidas como 鈥淟脥NEA 2鈥, es decir, las destinadas a las actividades y proyectos finalistas organizados por las iglesias locales, a煤n no se tiene informaci贸n oficial, pero FEREDE cree que es posible que para esas subvenciones se mantenga el sistema de concurrencia competitiva.

Fuente: BOE / Redacci贸n: Actualidad Evang茅lica