ARAG脫N / RESTRICCIONES COVID-19

El Defensor del Pueblo responde a la queja de FEREDE por la prohibici贸n de cantar en los lugares de culto en Arag贸n

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La respuesta no aporta especial novedad ya que a principios de junio el Gobierno de Arag贸n ya hab铆a decretado el el 鈥渘ivel de alerta 2鈥 que, despu茅s de varios meses de prohibici贸n, permit铆a cantar en los lugares de culto.

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El Defensor del Pueblo, Francisco Fern谩ndez Marug谩n

(Redacci贸n, 18/08/2021) El Defensor del Pueblo, Francisco Fern谩ndez Marug谩n, ha respondido esta semana a la queja de la Federaci贸n de Entidades Religiosas Evang茅licas de Espa帽a (FEREDE) por la prohibici贸n de cantar en los cultos en la Comunidad de Arag贸n.

La denuncia, presentada por FEREDE a mediados de marzo de este a帽o, fue admitida a tr谩mite por el Defensor del Pueblo el 15 de julio y respondida esta semana, el 16 de agosto. La respuesta no aporta especial novedad ya que a principios de junio el Gobierno de Arag贸n ya hab铆a decretado el el 鈥渘ivel de alerta 2鈥 que, despu茅s de varios meses de prohibici贸n, permit铆a cantar en los lugares de culto.

FEREDE siempre ha considerado la medida injustificada y discriminatoria en su aplicaci贸n a los lugares de culto ya que mientras en estos se prohib铆a cantar, en cambio s铆 se permit铆a hacerlo en las academias de canto, en auditorios, teatros y otras actividades.

La Federaci贸n evang茅lica tambi茅n argumentaba que 鈥渆n el resto de las comunidades aut贸nomas se puede cantar en las iglesias y no se ha producido ning煤n brote o contagio asociado a ello, que se conozca鈥, y consideraba que en tanto y en cuanto los datos epidemiol贸gicos estaban mejorando, 鈥渃on mayor motivo es necesario que se levante esta restricci贸n que afecta al derecho fundamental y que dura ya m谩s de lo estrictamente necesario鈥.

En su respuesta, Fern谩ndez Marug谩n se limita a remitir a FEREDE la respuesta de la Consejer铆a de Sanidad de Arag贸n, en la que se afirma que la restricci贸n es leg铆tima pero que actualmente no se est谩 aplicando, sin entrar en el fondo del asunto, de si est谩 justificada la limitaci贸n unilateral y sin justificar de derechos fundamentales.

鈥淎 d铆a de hoy, la normativa vigente permite cantar durante las ceremonias, con la observancia de las medidas de seguridad y protecci贸n exigidas鈥, dice, por lo cual 鈥渟e da por finalizada la actuaci贸n鈥.

Ni la Consejer铆a de Sanidad ni el Defensor del Pueblo hacen referencia al hecho de que la prohibici贸n sigue vigente para el 鈥渘ivel de alerta 3鈥 y que por consiguiente, en el caso de que la situaci贸n en Arag贸n empeorase y se aplicase este nivel de alerta, la prohibici贸n volver铆a a estar vigente.

Puede leer aqu铆 el texto con la respuesta del Defensor del Pueblo:

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Fuente: FEREDE / Redacci贸n: Actualidad Evang茅lica

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