INFORME JUR脥DICO

El nuevo Impuesto de Sociedades no ha cambiado el r茅gimen fiscal de las Iglesias de FEREDE

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FEREDE elabora un informe que ser谩 presentado en la pr贸xima Asamblea anual del 4 de marzo. La entrada en vigor de la nueva Ley 27/2014 ha causado alarma entre sus iglesias.

20150206-3

(FEREDE, 06/02/2015) El Servicio Jur铆dico de la Oficina T茅cnica de la Federaci贸n de Entidades Religiosas Evang茅licas de Espa帽a (FEREDE), ha elaborado un informe sobre la nueva Ley 27/2014 del Impuesto de Sociedades, de 27 de noviembre, cuya entrada en vigor ha causado cierta alarma entre las iglesias, observable en las numerosas llamadas recibidas por la Federaci贸n para consultar sobre este asunto.

En este informe preliminar, que es un avance del que se presentar谩 en la pr贸xima reuni贸n de la Comisi贸n Plenaria (Asamblea anual ordinaria), el pr贸ximo d铆a 4 de marzo, se recuerda que con la entrada en vigor de esta nueva normativa no ha cambiado el r茅gimen fiscal que se aplica a las iglesias y entidades de FEREDE, que sigue siendo la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, ley que desde el a帽o 2002 que ya impon铆a la obligaci贸n general de presentaci贸n de declaraci贸n del impuesto sobre sociedades.

No obstante, considera 聽que, si los criterios de la Administraci贸n no cambian, una iglesia o entidad religiosa de FEREDE, cuyos ingresos provengan 煤nica y exclusivamente de los donativos de sus miembros 鈥揳 juicio de FEREDE-- no tiene por qu茅 presentar declaraci贸n en el Impuesto de Sociedades, pues solo percibe rentas no sujetas, seg煤n establecen nuestros Acuerdos de Cooperaci贸n.

Recuerda FEREDE que, hasta ahora, la mayor铆a de las iglesias han elegido esta opci贸n y la Agencia Tributaria no ha exigido con car谩cter general la presentaci贸n de la declaraci贸n del Impuesto sobre Sociedades.

FEREDE insiste en 鈥渆l聽contrasentido que puede聽implicar exigir la declaraci贸n del Impuesto de Sociedades a aquellas iglesias de FEREDE cuyos 煤nicos ingresos proceden de los donativos de sus propios miembros o simpatizantes..."

Al margen de estos 聽supuestos, efectivamente, 鈥渦na iglesia que perciba alg煤n tipo de renta no exenta seg煤n la Ley 49/2002, s铆 tiene la obligaci贸n de presentar la declaraci贸n de tal impuesto鈥, se帽ala FEREDE.

IR 聽AVANZANDO鈥 PERO SIN CONTRASENTIDOS.

FEREDE reconoce que la Administraci贸n est谩 imponiendo cada vez m谩s controles y mayores exigencias --algunas de ellas en pro de una mayor transparencia鈥攜 que, en ese sentido, 鈥渃omo entidades religiosas podemos ir avanzando y dando pasos decididos para ofrecer una rendici贸n de cuentas y esa transparencia que la sociedad demanda鈥.聽 Observa FEREDE que 鈥減ara algunas Iglesias podr铆a ser beneficiosa la presentaci贸n del Impuesto de Sociedades porque contribuye a su normalizaci贸n en la sociedad, raz贸n por la cual es necesario buscar f贸rmulas que nos ayuden en聽 la gesti贸n de la contabilidad y la presentaci贸n de la declaraci贸n por este impuesto鈥.

Sin embargo, el informe de FEREDE insiste en 鈥渆l contrasentido que puede implicar exigir la declaraci贸n del Impuesto de Sociedades a aquellas iglesias de FEREDE cuyos 煤nicos ingresos proceden de los donativos de sus propios miembros o simpatizantes; ingresos que no est谩n sujetos a impuesto alguno y que, por lo tanto, no habr铆a que incluir en la declaraci贸n del Impuesto sobre Sociedades.

>> Puede descargar el Informe pinchando aqu铆

Fuente: Servicio Jur铆dico de la Oficina T茅cnica de FEREDE | Redacci贸n: Actualidad Evang茅lica