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IRPF: Se incrementan las desgravaciones por donativos a las iglesias evangélicas a partir del año 2024

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Se actualizan y aumentan los porcentajes de desgravación de los que pueden beneficiarse quienes realicen donativos a las iglesias y entidades religiosas miembro de FEREDE durante el año 2024. No afectan a las donaciones del ejercicio 2023.

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(Redacción, 09/01/2024) El pasado 20 de diciembre se aprobó el Real Decreto-Ley 6/2023 que modifica la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo, actualizando y aumentando los porcentajes de desgravación de los que pueden beneficiarse quienes realicen donativos a las iglesias y entidades religiosas miembro de FEREDE durante el año 2024.

Los contribuyentes podrán disfrutar en su declaración de la renta de un 80% de reducción por los primeros 250 euros donados en este año 2024 a una iglesia o entidad religiosa miembro de FEREDE, frente a los 150 en vigor hasta el ejercicio anterior.

El resto de cantidad donada en el año podrá reducirse en un 40%, subiendo en un 5% respecto del porcentaje establecido hasta este año.

Se premia todavía más la fidelidad en los donativos a entidades sin ánimo de lucro, de forma que, si se han realizado donaciones por la misma cantidad o superior a favor de una entidad, durante 3 años, este porcentaje general de deducción pasa de un 40 a un 45%.

En el caso de donantes que tributen por el Impuesto sobre Sociedades, también se aumentan los porcentajes de deducción aplicables a este impuesto.

Pasa del 35 al 40% el porcentaje de deducción aplicable a la cuota del impuesto, y del 40 al 50% en caso de donativos recurrentes a una misma entidad durante al menos 3 años. Por último, se aumenta el límite para la deducción respecto de la base imponible, que pasa del 10 al 15%.

IMPORTANTE: Estos nuevos porcentajes de deducción son aplicables a las donaciones que se realicen durante el año 2024, no afectan a las donaciones del ejercicio 2023, ni a las comunicaciones del modelo 182 que las iglesias habitualmente realizan durante este primer mes de enero.

“Os recordamos que FEREDE dispone de un servicio de gestoría especializado en la atención a las iglesias con el que podéis contactar para cualquier consulta o duda sobre este asunto, así como para obtener ayuda profesional en la presentación del modelo 182”, dicen desde la Federación.

“Podéis contactar con nuestro servicio escribiendo a contabilidad.lagos@ferede.org así como llamando al 913 81 04 02 #2010”.

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* Este porcentaje se aplica sobre el donativo que exceda los primeros 250 euros donados, siempre que en los dos años inmediatos anteriores se hayan efectuado donativos a la misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.

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Fuente: FEREDE / Redacción: Actualidad Evangélica