La medida es 'contraria a la libertad religiosa' al no estar prevista en una ley sino en una simple ordenanza municipal
La primera sentencia del TS sobre el velo integral dice que corresponde al poder legislativo decidir sobre esta vestimenta
(MADRID, 28/02/2013) El Tribunal Supremo ha declarado nula la prohibición de que las mujeres lleven velo integral en los espacios públicos acordada por el Pleno del Ayuntamiento de Lleida en octubre de 2010.
En una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, conocida por EL MUNDO, el Alto Tribunal afirma que esa medida "vulnera el artículo 16 de la Constitución", que garantiza el derecho a la libertad religiosa.
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