En una sentencia conocida el pasado martes, dice que el reconocimiento de la filiación debe obtenerse “por la vía de la adopción”
(MADRID, 05/04/2022) El Tribunal Supremo ha resuelto que los vientres de alquiler vulneran los derechos de las madres gestantes y de los niños. Entre otras cosas, porque ambos son “tratados como meros objetos, no como personas dotadas de la dignidad propia de su condición de seres humanos y de los derechos fundamentales inherentes a esa dignidad”. La resolución se puede consultar en este enlace.
![]() COMUNICADO DE FEREDE“Evitemos que la ‘cristianofobia’ de uno (o de unos) sea contestada con la ‘islamofobia’ de otros. Evitemos el discurso de odio”(Redacción, 26/01/2023) Con motivo de los trágicos sucesos acontecidos en el día de ayer en Algeciras, que han conmocionado a la... [+] |
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