(EDITORIAL, 15/03/2013) La sentencia del Tribunal Supremo (TS) contra el Ayuntamiento de Lérida por la prohibición del uso del velo integral de las mujeres musulmanas en los espacios públicos, reaviva la polémica sobre el uso del velo, pero va más allá.
Los argumentos enunciados en la sentencia, aunque no son novedosos, remarcan el criterio de que los derechos fundamentales prevalecen sobre otros derechos y competencias y únicamente pueden ser limitados o regulados por medio de una ley, prevaleciendo la libertad en el resto de los casos. Este tipo de argumentación podría tener importantes repercusiones en otros muchos casos de conflicto de competencias en materia de libertad religiosa. De ahí que, en estos momentos, los servicios jurídicos de la Federación de Entidades Religiosas
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