ADEMÁS DEBERÁ INDEMNIZAR CON MIL EUROS A CADA VECINO AFECTADO
MURCIA: Condenado a dos años de prisión un pastor evangélico por exceso de ruido en los cultos
Inicialmente el fiscal pedía cuatro años de cárcel para el pastor, pero se redujo la condena tras el reconocimiento de los hechos por parte del acusado.
Las celebraciones tenían lugar en una nave no insonorizada. L. O.
(MURCIA/Redacción, 22/04/2015) El pastor O. B. E., titular de la Iglesia Evangélica de la Luz de Dios Misión en Murcia, ha sido condenado a dos años de cárcel por un delito contra el medio ambiente, cometido por el exceso de ruidos que provocaban las celebraciones religiosas con los cánticos y la música que se emitía durante las mismas, según ha trascendido por distintas agencias y medios informativos.
El escrito de acusación del ministerio fiscal señala que las mediciones sonoras efectuadas por la Policía Local de Murcia entre los años 2008 y 2011 permitieron acreditar que las viviendas próximas a la nave, incluso con las ventanas cerradas, registraban un nivel de decibelios que superaba el límite permitido. Las molestias para los vecinos continuaron hasta hace un año, cuando la Fiscalía de Medio Ambiente de la Región impuso como medida cautelar que abandonaran la nave en las que hacían sus celebraciones de más de 4 horas.
Aunque el fiscal, inicialmente, pedía una condena de cuatro años y seis meses de prisión, la ha rebajado a dos años tras el reconocimiento de los hechos por parte del acusado. La condena incluye dos años de inhabilitación para realizar actividades relacionadas con la música y el pago de una indemnización de mil euros por vecino perjudicado.
LEGALIDAD, TOLERANCIA Y RESPETO
La noticia de este hecho lamentable, pone en evidencia una vez más la necesidad de gestionar debidamente la situación de los lugares de culto, tanto desde la Administración como desde la propia iglesia local.
.... hay aspectos que tienen que ver con la convivencia y la buena vecindad, que no pueden ser bien resueltos por ninguna normativa, al menos en todos sus extremos, y que requieren de la buena voluntad de todas las partes, de respeto hacia los demás, y de la necesaria tolerancia que exige toda convivencia |
Por un lado, y tal como se reclama permanentemente desde la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), hace falta una normativa específica, que regule y establezca los requisitos y los derechos de los lugares de culto, de modo particular los de las minorías religiosas.
FEREDE considera necesario que esa normativa tenga rango de Ley Orgánica de ámbito estatal, para evitar la desigualdad de trato y para que sea realmente eficaz a los efectos de garantizar, tanto la libertad religiosa como la convivencia ciudadana. En la actualidad esa normativa no existe, y los lugares de culto están desprotegidos ante muchos abusos y trato discriminatorio respecto a otros establecimientos sociales, o a los lugares de culto de la confesión mayoritaria. A la vez, muchos lugares de culto están totalmente descontrolados y, en ocasiones, no se actúa desde las administraciones hasta que hay algún problema grave.
Eso por un lado.
Pero por otro lado, hay aspectos que tienen que ver con la convivencia y la buena vecindad, que no pueden ser bien resueltos por ninguna normativa, al menos en todos sus extremos, y que requieren de la buena voluntad de todas las partes, de respeto hacia los demás, y de la necesaria tolerancia que exige toda convivencia.
Todo indica que en este caso han faltado estos elementos, con el resultado lamentable al que hoy asistimos.
Fuente: EFE, EL MUNDO, ABC, LA OPINIÓN (MURCIA) | Redacción: Actualidad Evangélica