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OPINIÓN / HISTORIA / POR MÁXIMO GARCÍA RUIZ

Por fin: Ley de Libertad Religiosa en España

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Jóvenes creyentes de distintas confesiones, que disfrutan en la España de hoy de la libertad religiosa que tanto costó conseguir / Fundación Pluralismo y Convivencia (Captura de pantalla)

(Máximo García Ruiz, 17/02/2020) En el largo proceso de trabajo entre la Comisión de Defensa Evangélica y el Ministerio de Justicia, que condujo a la elaboración y posterior proclamación de la Ley Orgánica 7/1980 de Libertad Religiosa, se fueron sucediendo multitud de experiencias y anécdotas; a muchas de ellas ya hemos hecho referencia en entregas anteriores.

Observado desde la distancia, rememoramos esa etapa, conscientes ahora, aunque no tanto entonces, de que se estaba escribiendo una página importante de la historia del protestantismo español por una parte y de la historia de España por otra.

El 13 de mayo de 1978 se celebra una reunión insólita en el histórico despacho de la Comisión de Defensa, en la calle Princesa 3 duplicado, despacho 1308. Una reunión histórica e insólita, por el hecho de celebrarse en la sede de la CDE ya que, por lo regular y, salvo en esa ocasión, esas reuniones se llevaban a cabo siempre en las dependencias del Ministerio de Justicia.

El objeto de la reunión era “considerar juntos los temas examinados en anteriores reuniones”, con el propósito de poner a disposición de las iglesias el contenido del borrador de Bases reelaborado por los técnicos del Ministerio de Justicia a raíz de las aportaciones hechas en la reunión del 13 de enero de ese mismo año.

Por parte del Ministerio están presentes el director general, Eduardo de Zulueta, y los dos letrados mayores, Manuel Tallada y Miguel Mihura, éste último subdirector de la Comisión. Por parte de la CDE los asistentes fueron: José Palma, Juan Antonio Monroy, Juan Solé, Juan Gili, Máximo García Ruiz, Antonio Martínez Conesa, Ramón Taibo, Miguel de Olaiz, Enrique Capó y José Cardona.

Los representantes de la Administración hicieron entrega del documento para su análisis. Por su parte, Miguel Mihura indica que ha hecho gestiones ante el Ministerio de Hacienda y anuncia que dicho Ministerio está en disposición de ofrecer algunas fórmulas para afrontar la situación de la transmisión de los bienes patrimoniales, hasta entonces registrados a nombre de personas o entidades interpuestas, un tema prioritario para las entidades evangélicas. A partir de esa fecha los encuentros se sucedieron con mayor asiduidad. El documento tomó nombre: “Borrador de Bases para la Regulación de la Libertad Religiosa”.

Posiblemente, por parte de las nuevas generaciones que la disfrutan, haya faltado algún acto de reconocimiento a quienes la hicieron posible con su dedicación generosa y, con frecuencia, con no escaso sacrificio.

Una característica destacable de este proceso de negociación, concretamente en las sesiones plenarias,  fue lo dispuesto por la Administración, incorporando al equipo de trabajo a todas las confesiones religiosas con presencia en España: Ciencia Cristiana, Unión Evangélica Bautista Española, Iglesia Española Reformada Episcopal, Asambleas de Dios, Adventistas del Séptimo Día, Federación de Iglesias Evangélicas Independientes de España, Asambleas de Hermanos, Iglesia Evangélica Española, Iglesia Evangélica de Filadelfia (iglesia de etnia gitana que, en las ocasiones más solmenes estuvo representada por su fundador Claude F. A. Salsano), Iglesia anglicana, Unión Evangélica Bautista de España, Iglesia de Cristo, Asociación musulmana, Misión Ahmadía del Islam, Asamblea Espiritual Nacional de los Baha`is de España, Budistas, Budismo Zen, Comunidades israelitas, Iglesia Ortodoxa Española, Asociación Internacional para la Conciencia Khrishna, Christian Science, Editorial Clie, Ágape, Iglesia católica y, por supuesto, el secretario ejecutivo de la Comisión de Defensa Evangélica. Las asociaciones de menor entidad tuvieron una presencia y participación periférica, sin que su participación llegara a tener una significación reseñable.

Un dato significativo es que el Ministerio de Justicia nos facilitó, creo recordar que sólo a los representantes de las entidades más representativas, el anteproyecto de la Constitución que se estaba elaborando a la par que se iba dando forma a las Bases para la Ley de Libertad Religiosa, con el fin de que estuviéramos informados. Eduardo de Zulueta puso mucho énfasis en que esperaba de nosotros lo qué consideraba “una participación activa”, haciendo aportaciones y sugerencias al contenido de las Bases, que habría de convertirse en Ley Orgánica 7/1980 de Liberta Religiosa el 5 de julio.

El último de los borradores sobre el que pudimos trabajar los miembros de la CDE, que sería el definitivo al que tuvimos acceso, tomó el nombre de “Borrador de Bases para la nueva normativa en materia de libertad religiosa, aprobado en la reunión celebrada con los representantes de las Confesiones Religiosas el veintiséis de junio de mil novecientos setenta y ocho”, recopilado por la Dirección General de Asuntos Religiosos. A partir de ahí, aún transcurrirían dos años antes de que esas Bases se convirtieran en Ley Orgánica.

Los trabajos en torno a la promulgación de la Ley aún dieron mucho más de sí. A Eduardo de Zulueta le seguiría en el cargo de Director General de Asuntos Religiosos Eugenio Nasarre, con quien mantuvimos estrechos y fructíferos vínculos de trabajo que derivaron en lazos de amistad.

A los efectos de esta narración histórica de la que venimos ocupándonos, dedicada especialmente a las nuevas generaciones de evangélicos en España, en gran parte desconocedores de lo que supuso el tránsito de la persecución a la libertad religiosa, pasando por una etapa de tolerancia, daremos por finalizada la seria precisamente con la proclamación de una Ley que las generaciones anteriores, apenas si fueron capaces de soñar que podría convertirse en una realidad.

De las personas que tuvimos el honor de formar parte del equipo gestor de la Comisión de Defensa Evangélica que, sin contar con muchos recursos ni el necesario soporte jurídico, pudimos responder a las exigencias del momento dejando como herencia una ley que nada tiene que envidiar a otras normativas jurídicas semejantes en países del entorno, vamos quedando pocos. Posiblemente, por parte de las nuevas generaciones que la disfrutan, haya faltado algún acto de reconocimiento a quienes la hicieron posible con su dedicación generosa y, con frecuencia, con no escaso sacrificio. También esto forma parte de nuestra historia, no siempre gloriosa.

A MODO DE EPÍLOGO (El editor) / ¿Qué saben las nuevas generaciones sobre la libertad religosa en España?

"Posiblemente, por parte de las nuevas generaciones que la disfrutan, haya faltado algún acto de reconocimiento a quienes la hicieron posible con su dedicación generosa y, con frecuencia, con no escaso sacrificio", reflexiona García Ruiz, en este último artículo de la serie sobre el largo camino hacia la Libertad Religiosa en España.  

En el vídeo al pie de estas líneas, producido por la Fundación Pluralismo y Convivencia dentro del proyecto "Cambia el Marco" (2019), jóvenes de distintas confesiones religiosas analizan textos constitucionales de España, de distintas épocas, y deben tratar de adivinar a qué Constitución pertenecen. Un ejercicio que permite a los jóvenes observar, no sin bastante sorpresa, el salto cualitativo en la Constitución del 78 y la Libertad Religiosa que disfrutamos hoy, tan diferente a las décadas y siglos anteriores.

Del mismo modo, es probable que muchos españoles contemporáneos se sorprenderían si conocieran la enorme aportación de aquellos líderes evangélicos a la consecusión de este derecho fundamental del que hoy nos beneficiamos todos. Desde Actualidad Evangélica esperamos que la publicación de esta serie de artículos de Máximo García Ruiz, contribuya a ese conocimiento y apreciación.

Autor: Máximo García Ruiz. Febrero 2020 / Edición: Actualidad Evangélica

© 2020- Nota de Redacción: Las opiniones de los autores son estríctamente personales y no representan necesariamente la opinión o la línea editorial de Actualidad Evangélica.

20120929-1*MÁXIMO GARCÍA RUIZ nacido en Madrid, es licenciado en Teología por la Universidad Bíblica Latinoamericana, licenciado en Sociología por la Universidad Pontificia de Salamanca y doctor en Teología por esa misma universidad. Profesor de Historia de las Religiones, Sociología e Historia de los Bautistas en la Facultad de Teología de la Unión Evangélica Bautista de España-UEBE (actualmente profesor emérito), en Alcobendas, Madrid y profesor invitado en otras instituciones. Pertenece a la Asociación de Teólogos Juan XXIII. Ha publicado numerosos artículos y estudios de investigación en diferentes revistas, diccionarios y anales universitarios y es autor de 21 libros y de otros 12 en colaboración, algunos de ellos en calidad de editor.

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