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EN CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO

El Gobierno prepara un nuevo Real Decreto que de “solución definitiva” a la situación de los pastores jubilados sin pensión

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En una reunión mantenida ayer entre representantes de FEREDE, del Ministerio de Justicia, y de la Seguridad Social, se ha comunicado esa voluntad por parte de la Administración

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(FEREDE, 19/01/2018) En el día de ayer, el secretario ejecutivo de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), Mariano Blázquez,  asistió, junto a la abogada del Servicio Jurídico, Carolina Bueno, a una reunión convocada en la Subdirección General de Relaciones con las Confesiones del Ministerio de Justicia, para tratar el asunto de la situación de los pastores que no pudieron cotizar antes de 1999.

Por parte de la Administración, participaron en esa reunión el subdirector de Relaciones con las Confesiones, Jaime Rosell, y la subdirectora General de Ordenación Jurídica de la Seguridad Social, Cecilia de la Concha.

El objetivo de la reunión era comunicar, a los representantes de FEREDE, la voluntad del Gobierno de cumplir con la sentencia del Tribunal Supremo de 13 de noviembre de 2017 y poner en marcha el proceso necesario para aprobar un nuevo Real Decreto que dé solución definitiva a aquellos pastores que no pudieron cotizar a la Seguridad Social antes de 1999 por no permitirlo la normativa aplicable.

En próximos días la Administración enviará a FEREDE un cuestionario que deberá ser cumplimentado por los Pastores en dicha situación, con el fin de conocer con algo más de detalle el colectivo afectado y poder así elaborar la correspondiente memoria económica del Real Decreto. FEREDE se encargará de hacer llegar este formulario a las iglesias, denominaciones, pastores, etc., en cuanto lo reciba.

ESPERANZA Y CAUTELA

Los representantes de FEREDE se han mostrado esperanzados ante la posibilidad de que la Administración quiera poner fin al problema, comprometiéndose por su parte a colaborar y a dar toda la información que se requiera, aunque a la vez prefieran ser cautos, "hasta que esa voluntad expresada se vaya materializando y haciéndose realidad".

TRATO DISCRIMINATORIO

El pasado 13 de noviembre de 2017, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo declaraba nulo parte del Real Decreto que regula las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los ministros de culto de las iglesias pertenecientes a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), por constituir un trato discriminatorio que vulnera el principio de igualdad reconocido por el artículo 14 de la Constitución y el mismo artículo del Convenio Europeo de Derechos Humanos (prohibición de la discriminación).

El Supremo estimaba así parcialmente un recurso planteado por FEREDE. La sentencia anuló concretamente la disposición adicional segunda del Real Decreto, donde se regula el reconocimiento inicial de las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, y muerte y supervivencia. Indicaba en su fallo que “la regulación prevista para los ministros de las Iglesias Evangélicas o Adventista es distinta respecto a los clérigos de la Iglesia Católica, pese a que el Estado ha asimilado a ambos al trabajo por cuenta ajena, lo que supone una discriminación”.

Fuente: FEREDE / Redacción: Actualidad Evangélica

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