LIBERTAD RELIGIOSA / EL DEBATE SOBRE EL VELO ISL脕MICO

Estrasburgo rechaza el recurso de la abogada expulsada de la sala por llevar velo

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Zoubida Barik Edidi fue obligada a abandonar un juicio en la Audiencia Nacional por llevar cubierta la cabeza

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Zoubida Barik Edidi, en una imagen de 2009.聽ULY MART脥N

(MADRID, 19/05/2016) El聽Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rechazado el recurso de Zoubida Barik Edidi, una abogada de religi贸n musulmana a la que la Audiencia Nacional impidi贸 sentarse en el estrado tocada con un聽hiyab (un pa帽uelo que cubre el pelo) durante un juicio por terrorismo islamista celebrado en octubre de 2009.

El聽presidente del tribunal, Javier G贸mez Berm煤dez, le conmin贸 a quitarse el velo con el argumento de que los letrados no pueden permanecer con la cabeza cubierta en la sala durante la vista oral. Ante su negativa, el magistrado, en su funci贸n de polic铆a de sala, le oblig贸 a abandonar el estrado y sentarse en los bancos reservados para el p煤blico.

La letrada, tras no encontrar amparo en ninguna instancia espa帽ola, acudi贸 al tribunal de garant铆as con sede en Estrasburgo (Francia) por violaci贸n de los derechos a un juicio justo, al respeto a la intimidad personal y familiar, a la libertad religiosa y a la no discriminaci贸n. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rechazado su recurso al entender que Barik Edidi no agot贸 en Espa帽a todas sus v铆as de recurso, ya que introdujo de manera tard铆a el recurso de alzada ante la propia Audiencia Nacional en el inicio del procedimiento, por lo que "ella misma se ha convertido en responsable de la situaci贸n de la que se queja". Por ello, Estrasburgo archiva su caso sin entrar siquiera en el fondo de la cuesti贸n.

Barik Edidi, espa帽ola de origen marroqu铆, acudi贸 al juicio para asistir a otro compa帽ero. En la primera jornada se sent贸, tocada con el hiyab, en la bancada del p煤blico. En la sesi贸n del 20 de octubre de 2009, vestida con la toga reglamentaria y con el pa帽uelo isl谩mico, se sent贸 en el estrado de los abogados, sin que ning煤n miembro del tribunal hiciera comentario alguno. Fue en la vista del 22 de octubre cuando聽G贸mez Berm煤dez le exigi贸 que se quitara el pa帽uelo que solo le cubr铆a el pelo y no el rostro.

La letrada interpuso una queja en el Colegio de Abogados de Madrid y tambi茅n ante el聽Consejo General del Poder Judicial, al entender que el magistrado hab铆a cometido una falta grave o muy grave de abuso de autoridad y discriminaci贸n. Tambi茅n sostuvo que la decisi贸n del magistrado hab铆a obstaculizado un derecho profesional 鈥攅l de estar en el estrado鈥 "por un elemento de vestimenta que carece de toda trascendencia procesal". Tanto el聽Estatuto General de la Abogac铆a como el reglamento que regula el protocolo de los actos judiciales obligan a usar la toga en los juicios y a vestir de forma "acorde con la solemnidad del acto". Nada dice sobre el uso del pa帽uelo.

El 贸rgano de gobierno de los jueces no dio respuesta alguna a la queja de la abogada. Ante este silencio, Barik Edidi acudi贸 entonces ante el聽Tribunal Supremo en defensa de sus derechos fundamentales. La m谩s alta instancia judicial espa帽ola desestim贸 su recurso sin entrar en el fondo del asunto al considerar que el Consejo General del Poder Judicial no es un 贸rgano jurisdiccional y no se le puede criticar por no pronunciarse sobre un asunto. Su recurso para que el Supremo diera marcha atr谩s a su decisi贸n tambi茅n fue rechazado y, adem谩s, fue condenada a pagar las costas del proceso, un total de 600 euros.

La abogada acudi贸 entonces ante el聽Tribunal Constitucional con el argumento de que el Supremo hab铆a vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva al rechazar su caso. El 贸rgano int茅rprete de la Ley Fundamental desestim贸 tambi茅n su recurso.

Fuente: ELPAIS.COM / FERNANDO J. P脡REZ