OPINI脫N / HISTORIA / EDUARDO MONTAGUT

Las aboliciones del Santo Oficio de la Inquisici贸n en Espa帽a

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La abolici贸n de la Inquisici贸n en Espa帽a tuvo un proceso complejo, como compleja fue la Revoluci贸n liberal. Repasemos esta Historia.

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"La promulgaci贸n de la Constituci贸n de 1812鈥, de Salvador Viniegra y Lasso de la Vega

(E. MONTAGUT, 18/11/2019) Cuando Napole贸n vino a Espa帽a a finales del a帽o 1808 dict贸 desde Chamart铆n una serie de Decretos fundamentales porque abol铆an pilares b谩sicos del Antiguo R茅gimen, dentro de un momento de radicalizaci贸n de su pol铆tica ante la resistencia que se hab铆a generado a la ocupaci贸n francesa, y que hab铆a impedido poner en marcha la Administraci贸n de Jos茅 I.

El emperador quer铆a castigar a las fuerzas m谩s reaccionarias al considerar que eran las responsables de dicha resistencia. Entre los Decretos de diciembre, por tanto, se suprimi贸 el Santo Oficio por considerar que atentaba contra la soberan铆a y la autoridad civil.

En materia religiosa, las Cortes de C谩diz no se significaron por un desarrollo exhaustivo de los principios liberales, al contrario que en el resto de cuestiones. La Constituci贸n de 1812 consagraba la confesionalidad del Estado espa帽ol, y la prohibici贸n de profesar otras confesiones, algo que llama la atenci贸n.

En materia religiosa, las Cortes de C谩diz no se significaron por un desarrollo exhaustivo de los principios liberales, al contrario que en el resto de cuestiones. La Constituci贸n de 1812 consagraba la confesionalidad del Estado espa帽ol, y la prohibici贸n de profesar otras confesiones, algo que llama la atenci贸n. En su art铆culo duod茅cimo se dec铆a lo siguiente:

芦La religi贸n de la Naci贸n espa帽ola es y ser谩 perpetuamente la cat贸lica, apost贸lica, romana, 煤nica verdadera. La Naci贸n la protege por leyes sabias y justas y proh铆be el ejercicio de cualquier otra禄.

Se han barajado algunas explicaciones a esta medida tan poco liberal. Quiz谩s los diputados quer铆an que la Iglesia se incorporase al cambio pol铆tico, frente a su postura oficial contraria a los principios de la Revoluci贸n liberal, reafirmada cuando las Cortes comenzaron a tratar la cuesti贸n de la desamortizaci贸n. Los liberales optaron por no enconar m谩s el enfrentamiento evidente con los diputados m谩s conservadores, cediendo en esta materia. Por otro lado, no olvidemos el importante papel de los diputados eclesi谩sticos de avanzadas ideas pol铆ticas, pero miembros de la Iglesia, al fin y al cabo, en la redacci贸n del texto constitucional.

Las Cortes de C谩diz abolieron la Inquisici贸n en un Decreto sobre cuestiones religiosas del 22 de febrero de 1813. No era la primera vez que eso ocurr铆a ni ser铆a la 煤ltima.

Pues bien, en el inicio del Decreto aludido se reafirmaba el precepto constitucional sobre la protecci贸n legal de la religi贸n cat贸lica. Pero la Inquisici贸n no era una cuesti贸n negociable para los liberales porque atacaba principios b谩sicos consagrados en la Constituci贸n, fundamentalmente, diversas acepciones de la libertad y de la igualdad. En el Decreto se alude expl铆citamente a que era incompatible con la Constituci贸n. Las causas de fe quedar铆an en manos de los obispos y sus vicarios, mientras que los jueces seculares impondr铆an las penas, por lo que, en realidad segu铆a habiendo la posibilidad de que se abrieran procedimientos por herej铆a, aunque ambas justicias deb铆an atenerse a lo que estipulaba la Constituci贸n y las leyes.

Estar铆amos ante una evidente ambivalencia en materia religiosa por parte de los liberales de C谩diz. Se suprime el Santo Oficio, pero se mantienen las causas por herej铆a, aunque seg煤n los preceptos y garant铆as de un Estado liberal, y que se detallan en la propia disposici贸n. Por fin, se mantendr铆a la censura religiosa para escritos y libros que tratasen de esta materia y que vinieran de fuera.

Estar铆amos ante una evidente ambivalencia en materia religiosa por parte de los liberales de C谩diz. Se suprime el Santo Oficio, pero se mantienen las causas por herej铆a, aunque seg煤n los preceptos y garant铆as de un Estado liberal, y que se detallan en la propia disposici贸n. Por fin, se mantendr铆a la censura religiosa para escritos y libros que tratasen de esta materia y que vinieran de fuera. Adem谩s, las autoridades eclesi谩sticas ten铆an la potestad de conceder o no la licencia oportuna para publicar libros religiosos. Eso s铆, tambi茅n se estipulaba un procedimiento de apelaci贸n para los autores que se hubieran sentido agraviados. Los jueces eclesi谩sticos, por fin, estaban obligados a remitir la lista de libros prohibidos al Gobierno, que ser铆a pasada al Consejo de Estado para que formulase un dictamen, al respecto. Visto el informe, el rey publicar铆a la lista definitiva de publicaciones prohibidas, aunque era necesaria la preceptiva aprobaci贸n de las Cortes. Otra vez, la ambivalencia citada ante la Iglesia y la religi贸n cat贸lica. Se permite el mantenimiento de una especie de 脥ndice de obras prohibidas, aunque con intervenci贸n del Estado, tanto del poder ejecutivo como del legislativo, con un procedimiento reglado que pretend铆a ser garantista.

La Junta de Fe m谩s activa fue la valenciana, que tuvo el triste honor de llevar a la ejecuci贸n al considerado 煤ltimo 鈥渉ereje鈥, espa帽ol, el maestro Cayetano Ripoll, en 1826, a pesar del malestar que gener贸 en parte de Europa, por considerarlo un hecho de otro tiempo, impropio del siglo.

Fernando VII restaurar铆a el Santo Oficio en el verano de 1814 en el conocido como Sexenio Absolutista. La Inquisici贸n ser铆a abolida de nuevo en el Trienio Liberal, en marzo de 1820. La vuelta al absolutismo con la denominada D茅cada Ominosa no supuso una nueva restauraci贸n del tribunal. Las circunstancias relativas a la represi贸n ideol贸gica requer铆an nuevos instrumentos, como era una polic铆a m谩s dotada por parte del poder civil, y por las denominadas Juntas de Fe o Tribunales de Fe. Estas Juntas no estaban muy claramente definidas legalmente y fueron toleradas por la autoridad civil. Surgieron en 1824 por iniciativa de algunas jerarqu铆as eclesi谩sticas muy reaccionarias. Algunos can贸nigos y obispos que las promovieron hab铆an estado en el exilio en tiempos del Trienio y desarrollaron una activa ideolog铆a religiosa y pol铆tica muy extremista. La Junta de Fe m谩s activa fue la valenciana, que tuvo el triste honor de llevar a la ejecuci贸n al considerado 煤ltimo 鈥渉ereje鈥, espa帽ol, el maestro Cayetano Ripoll, en 1826, a pesar del malestar que gener贸 en parte de Europa, por considerarlo un hecho de otro tiempo, impropio del siglo.

La abolici贸n definitiva de la Inquisici贸n se produjo por un Real Decreto de 15 de julio de 1834 por iniciativa del liberal moderado Mart铆nez de la Rosa, que presid铆a el Consejo de Ministros en ese momento del inicio de la Regencia de la Reina Gobernadora.

Eduardo Montagut

Eduardo Montagut, historiador

Bibliograf铆a:

. Francisco Mart铆 Gilabert, La abolici贸n de la Inquisici贸n en Espa帽a, Pamplona, 1975.

. Henry Kamen, La Inquisici贸n Espa帽ola. Una revisi贸n hist贸rica, Barcelona, 1999.

. Juan Carlos Monterde Garc铆a, 鈥淒isposiciones abolicionistas del Tribunal del Santo Oficio (1808-1814), en Inquisici贸n, coordinado por Felipe Lorenzana de la Puente y Francisco J. Mateos Ascac铆bar, 2014, p谩gs. 135-148.

Fuente: Historia y Vida / Autor: Eduardo Montagut, doctor en Historia. Autor de trabajos de investigaci贸n en Historia Moderna y Contempor谩nea, as铆 como de Memoria Hist贸rica.