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Las iglesias miembro de FEREDE no están obligadas a presentar la memoria económica que la Agencia Tributaria les viene pidiendo en su campaña informativa cada año

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La Federación evangélica recuerda a sus “iglesias miembro” que están exentas de la obligatoriedad de presentar la memoria económica que cada año la Agencia Tributaria exige a través de un comunicado. Solo algunas “asociaciones y entidades” con fines religiosos deben cumplir con ese requisito.

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(MADRID, 16/06/2023) Durante las últimas semanas, y como ya sucedió en el año 2022 en estas mismas fechas, distintas iglesias y entidades religiosas evangélicas han recibido un comunicado de la Agencia Tributaria, previstos en la Ley 49/2002 de entidades sin ánimo de lucro (exenciones fiscales, deducción por ofrendas y donativos, etc.) es necesaria la elaboración y presentación ante dicha Agencia Tributaria de una memoria económica.

Esta noticia ha generado preocupación y dudas en los responsables de dichas entidades que han acudido a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE) solicitando ayuda y asesoramiento sobre el contenido del comunicado y cómo proceder ante el mismo.

La Secretaría Ejecutiva de FEREDE, con el apoyo del Servicio Jurídico y el Área de Contabilidad de la Federación, han estudiado la normativa aplicable y se reunieron en el año 2022 con responsables de la Agencia Tributaria para aclarar esta cuestión. De todo ello, se han extraído las siguientes conclusiones:

- Las iglesias, comunidades religiosas y demás entidades recogidas en el apartado 1 de la Disposición Adicional Novena de la Ley 49/2002 NO tienen obligación de presentar memoria económica en ningún caso, por estar exentos de dicha obligación por la norma

- Las asociaciones con fines religiosos y demás entidades creadas o erigidas por las iglesias, comunidades o federaciones Sí estarán obligadas a presentar memoria ecoómica ante la Agencia Tributaria únicamente en aquellos casos superiores a 20.000 euros y/o participen en sociedades mercantiles (apartado 2 de la Disposición Adicional Novena de la Ley 49/2002 y art. 3.2 del RD 1270/2003, de 10 de octubre).

Para las entidades incluidas en este segundo apartado, recordamos que el plazo para presentar la memoria económica finaliza este próximo 31 de julio.

Por tanto, se mantendrán cada año los criterios contenidos en este comunicado mientras no se produzca una modificación de la Ley 49/2002.

El Servicio Jurídico de FEREDE está a disposición para cualquier aclaración adicional o preguntas al respecto de esta cuestión a través del teléfono 913810402, extensión 2, o en juridico@ferede.org

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Fuente: FEREDE (Álvaro Serrano) / Edición: Actualidad Evangélica