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ARGENTINA

Obispo de la iglesia mormona rompió el secreto de confesión para denunciar un abuso y la Justicia lo avaló

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Ocurrió en una iglesia mormona del barrio Vélez Sarsfield, en Buenos Aires. Un hombre reveló que había abusado dos veces de su hijastra. El religioso se lo dijo a la madre, que lo denunció y lo detuvieron.

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El lugar. La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, sobre la calle Aranguren, fue donde el acusado confesó el abuso. Foto: Andrés DElia

(BUENOS AIRES, 25/04/2017) En una iglesia mormona ubicada en el barrio porteño de Vélez Sarsfield, un hombre le confesó al obispo del lugar que abusaba de su hijastra. Consciente de la gravedad de la información que había compartido con él, el religioso decidió contárselo a la madre de la víctima y pareja del agresor, que terminó denunciándolo.

La defensa del acusado quiso que se anulara la causa alegando que se habían enterado de lo sucedido a partir de una “violación del secreto de confesión”. Sin embargo, hace unos días la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional rechazó el pedido y aseguró que el obispo actuó con “justa causa”.

Gracias a la intervención del religioso, madre e hija pudieron hablar, la joven le confirmó los hechos y denunciaron la situación ante la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Todo ocurrió puertas adentro de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días hace seis años. En el templo, que queda en c/ Aranguren al 4400, R. le confesó al obispo C. -los nombres del acusado y del religioso fueron preservados por la Justicia- que había atacado sexualmente en al menos dos ocasiones a una adolescente de 13 años, hija de su pareja P. El obispo no se calló. Con la intención de proteger a la menor -que seguía en una situación de vulnerabilidad ya que convivía con el agresor-, le avisó a su mamá.

Gracias a la intervención del religioso, madre e hija pudieron hablar, la joven le confirmó los hechos y denunciaron la situación ante la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La víctima dio su testimonio en Cámara Gesell. Ese fue uno de los elementos claves para que se ordenara la prisión preventiva de R.

ACUSADO PENDIENTE DE EXTRADICIÓN

Sin embargo, el caso quedó en suspenso cuando quisieron detenerlo ya que el acusado se fugó. Al tiempo, fue encontrado en Paraguay y allí espera aún hoy que lo extraditen, según precisaron a este diario fuentes de la investigación.

La defensora oficial con la que cuenta el imputado pidió la nulidad teniendo en cuenta que “fue a partir de la violación del secreto de confesión que P. tomó conocimiento de los hechos que se investigan”. El juez de primera instancia ya había rechazado dicha solicitud y ahora los camaristas Mariano Scotto y Mauro Divito, de la Sala Séptima de la Cámara Nacional ratificaron la negativa.

Según sostuvieron en el fallo con fecha del 10 de abril pasado, “incluso admitiendo que C (el obispo) hubiera violado las reglas de sigilo propias de su iglesia al transmitir lo que supo a P, la Sala considera que ello, sin perjuicio de las consecuencias de orden religioso que pudiera acarrearle, no conduce en este caso a declarar la nulidad reclamada por la defensa”.

... los jueces aclararon que, en este caso, se verificó la “justa causa” [que exime de las obligaciones del secreto de confesión] ya que contar lo que estaba ocurriendo no sólo fue importante para que la madre de la víctima se enterara de los hechos delictivos sino también “para alertarla acerca de su presumible reiteración en un futuro inmediato”.

El artículo 156 del Código Penal establece que “será reprimido con multa e inhabilitación especial, por seis meses a tres años, el que, teniendo noticia, por razón de su estado, oficio, empleo, profesión o arte, de un secreto cuya divulgación pueda causar daño, lo revelara sin justa causa”. Al respecto, los jueces aclararon que, en este caso, se verificó la “justa causa” ya que contar lo que estaba ocurriendo no sólo fue importante para que la madre de la víctima se enterara de los hechos delictivos sino también “para alertarla acerca de su presumible reiteración en un futuro inmediato”.

En el texto, a su vez, destacaron: “Con mayor razón al ponderar que la afectada resultaba ser una menor de edad y que, por su situación de convivencia con el imputado, el riesgo de nuevos ataques a su integridad sexual podía considerarse inminentes”.

El Obispo, que fue citado a dar su testimonio en la causa, se negó a declarar por la “estrecha relación” que mantenía con el imputado y porque la información que tenía surgió de una confesión. De todas formas, dentro de la religión mormona, existen situaciones excepcionales en las que está permitido romper el secreto de confesión. En otros credos, directamente está prohibido.

No es la primera vez que los “deberes” eclesiásticos van en contra de los civiles y ponen en jaque a los confesores. En Estados Unidos, el padre Joseph Towle estuvo en el centro de la polémica por guardarse durante 12 años un dato fundamental para que liberaran a dos inocentes que estaban presos por homicidio. En 1989, Jesús Fornes le confesó al sacerdote jesuita de la Iglesia de San Atanasio de Nueva York que había matado a un hombre. Por el crimen, José Morales y Rubén Montalvo, que no tenían nada que ver, terminaron en la cárcel. Y Towle guardó el secreto de Fornes incluso después de que el verdadero asesino muriera en 1997. Recién lo reveló en 2001.

Fuente: CLARIN.COM / PAULA GALINSKY

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