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ASISTENCIA RELIGIOSA A INTERNOS EXTRANJEROS

FEREDE e Interior firman un convenio para la Asistencia Religiosa Evangélica en los CIE

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El Convenio, que ha entrado en vigor en el día de ayer, tras la firma del mismo, tendrá una duración de un año (renovable por tiempo indefinido). Pretende garantizar el derecho a la libertad religiosa y de culto reconocido por la Constitución, la Ley Orgánica de Libertad Religiosa y la Ley de Extranjería.

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Mariano Blázquez (FEREDE) firma el Convenio en presencia del Ministro del Interior

(FEREDE, 05/03/2015) La Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE) y el Ministerio del Interior, acaban de firmar un Convenio de colaboración para la Asistencia Religiosa Evangélica (ARE) en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE).

El convenio fue firmado ayer por el secretario ejecutivo de FEREDE, Mariano Blázquez, y el Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, en un mismo acto junto a los representantes de las confesiones judía y musulmana, que también suscribieron sus propios convenios.

GARANTIZAR UN DERECHO FUNDAMENTAL

De este modo, el Gobierno español normaliza la prestación de asistencia religiosa en los CIES, tras haber firmado previamente un convenio con la Iglesia Católica, y procura garantizar el derecho a la libertad religiosa de aquellos extranjeros ingresados en los CIEs, que se encuentran en proceso de expulsión, en aplicación de la Ley sobre derechos y libertades de los extranjeros en España (Ley Orgánica 4/2000 del 11 de enero).

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El Ministro del Interior (centro), Jorge Fernández Díaz, posa junto a los representantes de las confesiones religiosas firmantes del Convenio (de izq. a der.): Isaac Querub Caro, presidente de la Federación de Comunidades Judías de España (FCJE); Mariano Blázquez Burgo, secretario ejecutivo de FEREDE; Riay Tatary Bakry y Mounir Benjelloun Andaloussi Azhari, secretarios generales de la Comisión Islámica de España.

Esa misma Ley 4/2000 del 11 de enero, y el Real Decreto 162/2014 de 14 de Marzo, que aprueba el Reglamento de funcionamiento y régimen interior de los CIEs, reconocen, de conformidad con la doctrina del Tribunal Constitucional, que “las personas extranjeras internadas en los CIEs gozan de todos los derechos reconocidos por la legislación, con las limitaciones inherentes a la privación de libertad que padecen y al régimen del establecimiento en el que se encuentran”.

El presente Convenio reconoce que, entre esos derechos que asisten a los extranjeros internados en los CIEs, se encuentra el derecho a la libertad religiosa y de culto, garantizado por el artículo 16 de la Constitución; la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa; la citada Ley 4/2000, de 11 de enero; y los Acuerdos de Cooperación de 10 de noviembre de 1992, firmados entre el Estado español y la FEREDE.

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El Convenio pretende garantizar el derecho fundamental de libertad religiosa y de culto, también en los CIEs

Los Centros de Internamiento de Extranjeros son un instrumento extendido por toda la Unión Europea adoptado en desarrollo de la política migratoria común suscrita en el acuerdo de Schengen de 1995, y han sido objeto de polémica y denuncia por parte de distintas organizaciones, que piden su cierre por falta de garantías de los Derechos Humanos de los internos. Actualmente en España hay ocho CIEs, seis en la península (Madrid, Cataluña, Andalucía, C. Valenciana, Murcia) y dos en Canarias.

ACTIVIDADES

El Convenio define las actividades que se podrán realizar a partir de ahora en estos centros desde el Servicio de Asistencia Religiosa Evangélica, bajo la supervisión de FEREDE y del Consejo Evangélico Autonómico correspondiente, que incluye la celebración de Cultos; visita a los internos; instrucción y formación religiosa; reuniones de oración con los internos; y cualquier otra actividad pastoral directamente relacionada con el desarrollo religioso integral del interno.

El Convenio garantiza la cesión de un espacio adecuado para la celebración de las actividades religiosas y permite que los ministros de culto sean asistidos por voluntarios –hombres y mujeres-- debidamente acreditados, con vocación y formación específica para la prestación del servicio.

DURACIÓN

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El texto completo del Convenio

El Convenio, que ha entrado en vigor en el día de ayer, tras la firma del mismo, tendrá una duración de un año y “se entenderá prorrogado tácitamente por períodos anuales, si no mediara denuncia escrita por alguna de las partes con tres meses de antelación” a la fecha de vencimiento del mismo.

SERVICIO FINANCIADO POR LAS IGLESIAS

Este Convenio no prevé compensación económica alguna para los Ministros de Culto por la prestación de este servicio de ARE, por lo cual, del mismo modo que sucede en los centros penitenciarios, hospitales, aeropuertos, y otros establecimientos públicos de nuestro país, el servicio de asistencia religiosa evangélica se sigue prestando de forma voluntaria y gratuita, siendo los gastos de tal servicio cubiertos por los donativos de los fieles y las iglesias que lo apoyan.

VALORACIÓN POSITIVA

En una rueda de prensa previa a la firma del Convenio, el secretario ejecutivo de FEREDE, Mariano Blázquez, fue el encargado de valorar, en nombre de todas las confesiones firmantes, la iniciativa del Ministerio del Interior de extender a las confesiones religiosas con Acuerdos de Cooperación (judíos, protestantes y musulmanes) el convenio que ya se había firmado previamente con la Iglesia Católica.

“La iniciativa en este caso no ha surgido de las confesiones, sino que como hubo un Convenio ya firmado con la Iglesia Católica para prestar asistencia religiosa en los CIEs, se nos ofreció inmediatamente también a las demás confesiones, y nosotros queremos dejar constancia de esta gestión positiva por parte del Ministro del Interior. Muchas gracias”, dijo Blázquez.

Desde FEREDE se valora positivamente esta oportunidad de servir a la sociedad como instrumento útil y eficaz para garantizar los derechos fundamentales de las personas y, de modo particular, de los creyentes extranjeros que, por no poder acreditar su situación legal en España, se encuentran en una situación temporal de privación de libertad y ante la perspectiva de una eventual expulsión, con toda la angustia, incertidumbre y soledad que ello conlleva.

>> Puede descargar el documento del Convenio pinchando aquí

>> También puede leer la noticia en la web del Ministerio del interior pinchando aquí

>> Galería de Fotos en facebook: http://on.fb.me/1A0vTrF

Fuente: FEREDE | Redacción: Actualidad Evangélica | FOTO: MGala

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