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ESPAÑA / LIBERTAD RELIGIOSA

Justicia proyecta modificar la normativa que regula el Registro de Entidades Religiosas

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FEREDE está examinando el borrador y haciendo aportaciones para ayudar a mejorar el anteproyecto de ley

20140911-1

(FEREDE, 11/09/2014) Según informa el Servicio Jurídico de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), el Ministerio de Justicia está trabajando, a través de la Subdirección General de Relaciones con las Confesiones, para modificar la normativa reguladora del Registro de Entidades Religiosas.

La normativa cuya modificación se está examinando afecta directamente a las entidades religiosas, ya que regula cuestiones tan importantes como el tipo de entidades que pueden inscribirse en el Registro y que, por tanto, pueden alcanzar la personalidad jurídica en España. Asimismo, una vez constituidas legalmente, esta normativa regula cómo las entidades religiosas han de inscribir, anotar o comunicar oficialmente los cambios que les afectan (las modificaciones de sus representantes legales, de sus normas estatutarias, etc.)

APORTACIONES DE FEREDE

feredeFEREDE está examinando con detalle este proyecto de Real Decreto sobre el que se ha solicitado su opinión y se están formulando comentarios y propuestas de mejora para que el Registro de Entidades Religiosas responda de manera efectiva a la realidad de las confesiones religiosas. En principio FEREDE ha hecho una valoración global positiva del proyecto, aunque también ha realizado alguna observación crítica respecto a ciertas cuestiones, todo ello con el objetivo de eliminar trabas a las entidades evangélicas inscritas y de salvaguardar su autonomía religiosa en todo momento.

UNA NORMATIVA SUPERADA POR LA REALIDAD

El Real Decreto 142/1981, de 9 de enero, sobre organización y funcionamiento del Registro, después de más de treinta años de vigencia ha quedado superado por la realidad y por la normativa que ha ido aprobándose en todos estos años, de tal manera que en la actualidad no responde a las necesidades de las confesiones religiosas. Por ello, desde FEREDE, se valora positivamente la iniciativa de modificar esta normativa, y se está colaborando en todo lo posible para que el texto que finalmente se apruebe responda adecuadamente a las necesidades de las iglesias y entidades evangélicas.

El Proyecto de Real Decreto sobre organización y funcionamiento del Registro que se está examinando, ampliaría la tipología de entidades religiosas inscribibles en el Registro, algo que los evangélicos llevamos solicitando desde hace tiempo. Así, podrían inscribirse (y tener personalidad jurídica propia) las circunscripciones territoriales y secciones locales de las Iglesias, los seminarios, los centros superiores de enseñanza, entre otros, posibilidad que hasta ahora estaba vedada para todas las confesiones religiosas, excepto para la Iglesia Católica.

20140911-1aEl nuevo Real Decreto apunta también a la posibilidad de creación de Fundaciones religiosas, algo que hasta ahora tan solo podía hacer la Iglesia Católica. En este sentido, parece que también se encuentra en trámite la modificación de la Ley de Fundaciones, cuyo anteproyecto acaba de ser aprobado por el Gobierno.

INSCRIPCIÓN DE “MINISTROS” EN EL REGISTRO

Además, el nuevo texto amplía y enumera de forma expresa los actos inscribibles, clarificando los requisitos que han de cumplimentar las entidades que acceden al Registro. Si se aprobara esta modificación, serían objeto de inscripción, como novedad, los ministros de culto de las iglesias, otorgando una mayor seguridad jurídica a los efectos legales que los actos de estos ministros pueden conllevar (efectos civiles de las ceremonias matrimoniales, por ejemplo).

Se impondrían a las iglesias nuevas obligaciones que requerirían una mayor responsabilidad para las mismas: la de efectuar una declaración de funcionamiento en el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor de la norma, la de comunicar las modificaciones estatutarias o de otro tipo en un plazo concreto, etc.

Igualmente, se prevé la futura informatización de este organismo, incorporando la posibilidad de presentación de la documentación en formato y con firma electrónicos.

FEREDE mantendrá informadas a sus iglesias del proceso de modificación normativa iniciado, así como del texto final que resulte aprobado, ya que afectará directamente a todas las entidades inscritas y a aquellas que pretendan inscribirse en el mencionado Registro.

Fuente: FEREDE | Redacción: Actualidad Evangélica

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