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FEREDE INFORMA / ACLARACIÓN IMPORTANTE

Las iglesias y entidades religiosas de FEREDE no están obligadas a presentar Memoria Económica ante la Agencia Tributaria

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Muchas iglesias recibieron con preocupación un comunicado de la Administración informando de ello. La Secretaría Ejecutiva de FEREDE con el apoyo del Servicio Jurídico y el Área de contabilidad de la Federación, han estudiado la normativa aplicable y se han reunido con responsables de la Agencia Tributaria para aclarar esta cuestión.

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(Redacción, 21/07/2022) Durante las últimas semanas, distintas iglesias y entidades religiosas evangélicas han recibido un comunicado de la Agencia Tributaria, en el que se indica que para la aplicación de los beneficios fiscales previstos en la Ley 49/2002 de entidades sin ánimo de lucro (exenciones fiscales, deducción por ofrendas y donativos, etc.) es necesaria la elaboración y presentación ante dicha Agencia Tributaria de una memoria económica. 

Esta noticia ha generado preocupación y dudas en los responsables de dichas entidades que han acudido a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE) solicitando ayuda y asesoramiento sobre el contenido del comunicado y cómo proceder ante el mismo.

La Secretaría Ejecutiva de FEREDE con el apoyo del Servicio Jurídico y el Área de contabilidad de la Federación, han estudiado la normativa aplicable y se han reunido con responsables de la Agencia Tributaria para aclarar esta cuestión. De todo ello, se han extraído las siguientes conclusiones:

- Las iglesias, comunidades religiosas y demás entidades recogidas en el apartado 1 de la Disposición Adicional Novena de la Ley 49/2002 NO tienen la obligación de presentar memoria económica en ningún caso, por estar exentos de dicha obligación por la norma.

-  Las asociaciones con fines religiosos y demás entidades creadas o erigidas por las iglesias, comunidades o federaciones estarán obligadas a presentar memoria económica ante la Agencia Tributaria únicamente en aquellos casos en los que sus ingresos anuales sean superiores a 20.000 euros y/o participen en sociedades mercantiles (apartado 2 de la Disposición Adicional Novena de la Ley 49/2002 y art. 3.2 del RD 1270/2003, de 10 de octubre).

Para las entidades incluidas en este segundo apartado, se recuerda que el plazo para presentar la memoria económica finaliza este próximo lunes 25 de julio

El Servicio Jurídico de FEREDE está a disposición de los interesados para cualquier aclaración adicional o preguntas al respecto de esta cuestión a través del teléfono 913810402, Extensión 2, o en juridico@ferede.org.  

Fuente: FEREDE (Álvaro Serrano) / Edición: Actualidad Evangélica

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